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Notarios pueden acudir a la objeción de conciencia en casos de matrimonios igualitarios: Procurador
El jefe del Ministerio Público manifestó que se deben respetar las funciones del legislador.
El procurador General, Alejandro Ordóñez presentó su respuesta ante el comunicado emitido por el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez en el que presentó los lineamientos ante el hecho de que el Congreso de la República sobre las uniones de parejas del mismo sexo.
En su posición, el jefe del Ministerio Público manifestó que en mayo del año pasado presentó una solicitud de nulidad ante la sentencia emitida por la Corte Constitucional argumentando que no tiene ningún sustento jurídico la obligación entregada a los notarios y jueces para que participen en dichas uniones de manera obligatoria.
Para Ordóñez ni el Gobierno Nacional, ni la Superintendencia de Notariado y Registro, ni los notarios, ni los jueces puede asumir las funciones del Congreso de la República y legislar “sobre los derechos de las parejas del mismo sexo con la finalidad de eliminar el déficit de protección que, según los términos de esta sentencia, afecta a las mencionadas parejas”.
En este punto indicó que si se lee con atención la sentencia se puede establecer que los jueces no están obligados o facultados para diseñar un vínculo contractual ni introducir una nueva institución al ordenamiento jurídico.
Ante esto señaló que en el proceso se puede incluso limitar o definir el alcance de algunos derechos fundamentales, como es el caso de la objeción de la conciencia sobre el cual no se hizo mención alguna en la sentencia por lo que pueden cobijarse en esta figura.
Reiteró además que en el resuelve de la citada sentencia del alto tribunal se establece que “lo ajustado a la Constitución” es que el matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente, y que familia se constituya por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
El jefe del Ministerio Público considera que si para el 20 de junio de 2013 la Corte no ha resuelto las solicitudes de aclaración y de nulidad de la sentencia o las niega, en todo caso resulta vinculante su orden quinta, en donde expresamente se dispuso que “las parejas del mismo sexo podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”.
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